Has rellenado el formulario de Google, has esperado unas semanas y te llega un correo educado que viene a decir que no: el resultado se queda. Es una situación muy habitual y, aunque frustra, no cierra la puerta. La ley te permite pedir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que revise el caso, y muchas negativas se dan porque la solicitud inicial estaba mal planteada.
Lee bien la respuesta de Google
Antes de reclamar, entiende por qué te han dicho que no. Google suele justificar la negativa con alguno de estos argumentos:
- Interés público: considera que la información sigue siendo relevante, por ejemplo por tu actividad profesional o tu cargo.
- Información reciente: cree que no ha pasado tiempo suficiente desde los hechos.
- Vida profesional: entiende que la noticia afecta a tu trabajo y no a tu vida privada.
- Falta de datos: no ha podido comprobar que eres tú o no le has explicado por qué el resultado te perjudica.
Si la negativa es por falta de datos, a veces basta con volver a presentar la solicitud mejor explicada. Si es por interés público, el camino adecuado suele ser la AEPD.
Qué dice la ley
El derecho al olvido en buscadores se apoya en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-131/12, de 13 de mayo de 2014, en el derecho de supresión del artículo 17 del RGPD y en el derecho de oposición de su artículo 21. En España, el artículo 93 de la LOPDGDD lo recoge de forma expresa para los buscadores.
Lo importante es que no se trata de borrar la noticia de la web original, sino de que Google deje de mostrarla cuando alguien busca tu nombre. Para decidir, se ponderan tu derecho a la protección de datos y el interés del público en acceder a esa información.
Plazos que debes conocer
Google, como responsable del tratamiento, tiene un mes para responderte según el artículo 12.3 del RGPD. Ese plazo puede ampliarse dos meses más si la solicitud es compleja, pero debe avisarte de la ampliación. Si no te contesta en plazo, también puedes acudir a la AEPD, igual que si te contesta que no.
Cómo preparar la reclamación ante la AEPD
La reclamación se presenta por la sede electrónica de la AEPD. Puedes hacerlo con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, o por registro. Estos son los pasos:
- Reúne la solicitud que enviaste a Google y la respuesta que te dieron, con fecha. La AEPD exige que antes hayas ejercido tu derecho ante el responsable.
- Identifica las URL exactas que quieres que desaparezcan de los resultados y la búsqueda con la que aparecen (normalmente tu nombre y apellidos).
- Haz capturas de los resultados con la fecha visible, para que quede constancia de qué se ve y cómo.
- Explica tu caso con hechos: cuánto tiempo ha pasado, si los hechos acabaron en archivo o absolución, si la información es inexacta o está desactualizada, si no tienes relevancia pública y qué daño concreto te causa.
- Responde a los argumentos de Google uno por uno. Si dice que hay interés público, explica por qué ya no lo hay.
- Adjunta documentos que lo prueben: un auto de archivo, una sentencia absolutoria, un certificado de antecedentes, el cese en un cargo.
Consejo
Escribe la reclamación pensando en quien la va a leer: alguien que no conoce tu caso y tiene muchos expedientes. Un relato ordenado, con fechas y documentos, convence mucho más que un texto largo y emocional.
Qué pasa después
La AEPD puede dar traslado de tu reclamación a Google para que se pronuncie, valorar tus argumentos y los suyos y dictar una resolución. Si te da la razón, ordenará a Google que retire los resultados. Si la desestima, la resolución puede recurrirse ante los tribunales de lo contencioso-administrativo, aunque conviene valorar antes con un abogado si tiene sentido.
Ten en cuenta que la AEPD no es un trámite automático: estudia caso por caso, y su criterio sobre lo que es interés público puede no coincidir con el tuyo. Por eso es tan importante que la reclamación esté bien fundamentada desde el principio.
Errores que conviene evitar
- Reclamar sin haber pedido antes la retirada a Google.
- Pedir la retirada de la noticia completa en lugar de las URL concretas en los resultados de tu nombre.
- No aportar documentos que acrediten que la situación ha cambiado.
- Mezclar en la misma reclamación resultados con situaciones muy distintas sin explicar cada uno.
Si quieres que lo revisemos contigo
Si Google te ha dicho que no y no sabes si merece la pena insistir, podemos analizar tu caso gratis y decirte con honestidad qué opciones tienes ante la AEPD; la decisión final siempre es del buscador o de la Agencia, y antes de empezar te damos un presupuesto cerrado. Tienes toda la información en nuestro servicio de derecho al olvido y en la guía completa del derecho al olvido.


