Cuándo hace falta la vía legal
La mayoría de los casos se resuelven sin pisar un juzgado: con una solicitud bien argumentada a la plataforma, al medio o al buscador. Pero a veces el autor se niega, sigue publicando o el daño es tan grave que hace falta algo más. Para esos casos trabajamos con un despacho de abogados especializado y aportamos lo que mejor sabemos hacer: la prueba digital.
Las vías que existen
- Burofax y requerimiento previo. Un escrito formal al autor o al responsable de la web, pidiendo la retirada y advirtiendo de las acciones legales. Muchas veces basta, y además deja constancia de que se le avisó.
- Demanda civil por vulneración del derecho al honor, la intimidad o la propia imagen. La Ley Orgánica 1/1982 protege estos derechos y permite pedir que cese la intromisión, que se retire el contenido, que se publique la sentencia y una indemnización por los daños. El plazo para ejercer estas acciones es de cuatro años desde que pudiste ejercerlas.
- Querella por injurias o calumnias. El Código Penal regula estos delitos en sus artículos 205 a 210. La calumnia es imputar a alguien un delito sabiendo que es falso o con temerario desprecio hacia la verdad; la injuria es lesionar la dignidad de otra persona. Por regla general, solo se persiguen si la persona ofendida presenta querella, y los plazos son cortos.
- Reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos cuando una web o un buscador no atiende tus derechos de supresión u oposición. Es una vía gratuita y a menudo eficaz.
- Derecho de rectificación ante un medio de comunicación que ha publicado información falsa sobre ti, dentro del plazo legal de siete días naturales.
No dejes pasar el tiempo
Los plazos para actuar por la vía penal por injurias o calumnias son mucho más cortos que los de la vía civil. Si estás pensando en denunciar, consulta cuanto antes.
El papel del informe pericial
En los juicios por contenido publicado en internet, la prueba lo es todo. Si solo aportas capturas, la otra parte puede impugnarlas. Nuestro perito judicial informático certifica el contenido con huella digital y sello de tiempo, documenta la cadena de custodia y firma un informe que puede defender en el juzgado. Más información en peritaje informático.
Cuándo merece la pena y cuándo no
Merece la pena cuando el daño es serio, el autor es identificable, las vías amistosas se han agotado y hay pruebas sólidas. No suele merecer la pena cuando el contenido se puede retirar por otra vía más rápida, cuando el autor es anónimo y está fuera de España o cuando el proceso iba a dar más visibilidad al problema que el propio contenido. Te lo diremos con franqueza.
Cómo trabajamos
- Analizamos el caso y las pruebas disponibles.
- Certificamos el contenido antes de que desaparezca.
- El despacho valora la vía legal y te explica plazos, riesgos y opciones.
- Coordinamos la parte técnica y la jurídica para que no tengas que hacerlo tú.
Si quieres valorar tu caso, empieza por el diagnóstico gratis.