Te deniegan una financiación, un contrato de luz o una tarjeta y te dicen que «apareces en un fichero de morosos». A veces es una deuda que no sabías que tenías, otras una factura que discutes desde hace meses y otras algo que ya pagaste. En todos los casos tienes derechos, y conviene conocerlos antes de pagar por pagar.
Qué es un fichero de morosos
Son bases de datos que recogen deudas impagadas para que bancos, financieras, operadoras o compañías de suministros las consulten antes de contratar contigo. Los más conocidos en España son ASNEF (gestionado por Equifax) y Badexcug (gestionado por Experian), aunque hay otros. La ley los llama sistemas de información crediticia y los regula el artículo 20 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD).
No hay que confundirlos con la CIRBE del Banco de España, que recoge riesgos financieros (préstamos, avales) aunque estén al corriente de pago y funciona con sus propias reglas.
Paso 1: comprueba si estás y por qué
Antes de nada, ejerce tu derecho de acceso ante cada fichero. Es gratuito y tienen un mes para contestarte (prorrogable en casos complejos, avisándote). En la respuesta deben decirte:
- Qué deuda figura, con qué importe y desde qué fecha.
- Qué empresa la comunicó.
- Quién ha consultado tus datos.
Lo puedes pedir por los formularios de cada fichero o por escrito, adjuntando copia de tu DNI. Guarda el justificante de envío.
Paso 2: comprueba si se cumplen los requisitos legales
El artículo 20 de la LOPDGDD solo presume lícita la inclusión cuando se cumplen, entre otros, estos requisitos:
- La deuda es cierta, vencida y exigible. Si no debes ese importe, o todavía no había vencido, la inclusión no se sostiene.
- No está en disputa. Si habías reclamado la deuda por vía judicial, arbitral o ante un sistema de resolución de conflictos vinculante antes de la inclusión, no pueden incluirte por ella.
- Te avisaron. El acreedor tiene que haberte informado, en el contrato o al reclamarte el pago, de que podía comunicar la deuda a estos ficheros, indicando cuáles.
- Hay un límite temporal. Los datos solo pueden mantenerse mientras dure el impago y nunca más de cinco años desde el vencimiento de la obligación.
- Hay un importe mínimo. La ley fija una cuantía por debajo de la cual una deuda no puede incluirse; conviene comprobar la redacción vigente del artículo.
Además, la información tiene que ser exacta y estar actualizada. Si pagaste, el acreedor debe comunicarlo y tus datos deben darse de baja.
Ojo con el requerimiento previo
Uno de los fallos más habituales es que no exista prueba de que te reclamaron el pago avisándote de la posible inclusión. Si nunca recibiste esa comunicación, apúntalo: es un argumento de peso.
Paso 3: pide la supresión
Si algún requisito falla, o si la deuda ya está pagada, pide la supresión de tus datos (artículo 17 del RGPD) y, si lo prefieres, la rectificación si el importe es erróneo. Puedes dirigirte a la vez al fichero y a la empresa acreedora. En el escrito:
- Identifica la deuda tal como aparece en la respuesta de acceso.
- Explica qué requisito no se cumple y por qué.
- Aporta lo que lo demuestre: justificante de pago, reclamación previa, factura discutida, falta de aviso.
El fichero suele trasladar tu petición al acreedor y bloquear los datos mientras se revisa. Tienen un mes para responder.
Paso 4: reclama ante la AEPD si no te hacen caso
Si no contestan en plazo o la respuesta no te convence, puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Adjunta tu solicitud, la prueba de envío y la respuesta (o la falta de ella). La AEPD puede exigir que se atiendan tus derechos y, si aprecia una infracción, sancionar.
Ten en cuenta que la AEPD no decide si debes o no el dinero: eso es una cuestión civil entre tú y el acreedor. Lo que valora es si tus datos se trataron conforme a la ley.
Y si la deuda es real
Si la deuda existe y cumple los requisitos, la vía rápida es pagarla o negociarla y pedir después que se comunique el pago para que tus datos se den de baja. Pide siempre un justificante por escrito y comprueba, con un nuevo derecho de acceso unas semanas después, que realmente has salido.
Errores que conviene evitar
- Pagar sin pedir antes el detalle de la deuda: a veces el importe incluye conceptos discutibles.
- Contratar a quien promete «limpiar tu historial» sin explicarte qué requisito falla.
- Dejar pasar el tiempo: cuanto antes actúes, antes dejará de afectarte en nuevas contrataciones.
Si quieres que revisemos si tu inclusión cumple la ley y preparemos las solicitudes, tienes toda la información en salir de un fichero de morosos. Si no sabes si tu caso tiene opciones, pruébalo en el simulador.


